El Romeral de Alhaurin

viernes, 4 de mayo de 2018

JARDINES DE PALACIO DE CADALSO DE LOS VIDRIOS


DECRETO de 25 de Febrero de 1955 (de Ministerio de Educación Nacional) por el que se declara Jardín Artístico al existente en el Palacio de Cadalso de los Vidrios. (BOE núm. 83, 24 de marzo de 1955).

La declaración de Monumento Histórico-Artístico a favor del Palacio de Cadalso de los Vidrios (Madrid), hecha por Decreto de tres de junio de mil novecientos treinta y uno, dejó sin la protección que la declaración de monumento lleva consigo, al jardín comprendido dentro de sus muros de cierre y que, a su vez, se hace preciso conservar, por ser un ejemplar típico de los jardines españoles del siglo XVI, de traza italiana modificada en el XVIII y XIX al gusto neoclásico, y que conserva la totalidad de la arquitectura que la encuadraba.

Por lo expuesto, vistos los informes de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, de la Comisaría General del Servicio de Defensa del Patrimonio Artístico Nacional y del Patronato de Jardines Artísticos y Parajes Pintorescos de España, a propuesta del Ministro de Educación Nacional, y previa deliberación del Consejo de Ministros,
DISPONGO:
Artículo primero.- Se declara Jardín Artístico al existente en el Palacio de Cadalso de los Vidrios, Madrid.
Artículo segundo.- El citado jardín que  bajo la tutela del Estado, ejercida por el Ministerio de Educación Nacional y al amparo de la Ley del Tesoro Artístico y del Decreto de treinta y uno de julio de mil novecientos cuarenta y uno.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a veinticinco de febrero de mil novecientos cincuenta y cinco (25 de febrero de 1955).
FRANCISCO FRANCO
El Ministro de Educación Nacional,
JOAQUIN RUIZ-GIMENEZ Y CORTES

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