El Romeral de Alhaurin

sábado, 2 de enero de 2021

Cartama, 4 de Enero de 1933



Cartama, 2 de Enero de 1933. Toma posesión de la alcaldía de Cártama por segunda vez, don Francisco Cañamero Gutiérrez; nacido el 16 de octubre de 1895, albañil; fallecido el 28 de julio de 1987. Alcalde de Cártama en varias etapas, hoy lleva su nombre una calle de este pueblo. Fue el constructor de las viviendas sociales fabricadas en Cártama en los años 50 del siglo XX, conocidas como el grupo. Contrajo matrimonio el 9 de enero de 1924, con Dolores Díaz Cordero, nacida en 1896.
En 1931, al mes de estar en posesión de la alcaldía don Antonio Serrano Ocaña, se encuentra este superado por las obligaciones que conlleva el cargo y solicita tres meses de permiso, alegando delicado estado de salud. Su lugar es ocupado por el 1er Teniente Alcalde, Sr. Cañamero Gutiérrez desde el 30 de septiembre.
Don Francisco Cañamero Gutiérrez, con 36 años de edad y ya casado con doña Dolores Díaz Cordero, tiene muy claras cuáles son las necesidades prioritarias de Cártama. Desde el primer día se esfuerza por que esté bien provista en materia de educación, alquilando locales para escuelas y viviendas de maestros en el pueblo y abriendo nuevas escuelas en la barriada de la estación y Gibralgalia, además de adquirir numeroso material escolar y mobiliario para las mismas.
Para hacer frente a todos los compromisos adquiridos, el municipio necesita contar con unos ingresos continuos, por lo que don Francisco Cañamero se propone actualizar el sistema de recaudación municipal.
La primera medida en este sentido la tomaría el 8 de octubre, en que se ratificaría el acuerdo tomado el anterior 30 de julio, referente al recargo de una décima sobre la contribución Territorial e Industrial, según había quedado regulado en los Decretos del Gobierno de la República y Orden del Ministerio de Hacienda.
La minoría republicana ejerce una feroz oposición sobre la gestión del Sr. Cañamero y en numerosas ocasiones son criticados sus acuerdos.
El 14 de octubre, además de regular la venta de carnes frescas y saladas en la localidad, decide poner al día los valores pendientes de cobro, para así poder hacer frente a las numerosas obligaciones atrasadas que pesan y exigen a esta Corporación las dependencias del Estado y organismos oficiales, y ponerlos al cobro para que no prescriban. El acuerdo no es bien recibido entre los Concejales que protestan de él en toda su amplitud. Incluso es cesado el Administrador de los Arbitrios Municipales, Sr. Vargas Guevara, y nombrado su lugar el vecino Manuel Prieto Portales.
A pesar de ello, el 31 de octubre se aprobaría el incremento de una buena cantidad de arbitrios municipales:
-arbitrios por los derechos de servicio de Cementerio, ocupación de nichos, permanencia, colocación de lapidas, barandillas y otros servicios;
-arbitrio sobre el consumo de carnes frescas y saladas, volatería y caza menor;
-arbitrio por los derechos de inspección y reconocimiento sanitario de reses, carnes, pescados y leche y otros mantenimientos destinados al abasto público;
-arbitrio por los derechos de uso voluntario de pesas y medidas y alquiler de los aparados de pesar;
-arbitrio sobre puestos, barracas o casetas de venta espectacular o recreo en la vía pública o terreno del común;
-el referente al de la licencia para el tránsito de vacas, cabras, lunas de leche y animales domésticos por la vía pública;
-el de licencia para industrias callejeras y ambulantes;
-el de sobre apertura de ralicutas o zanjas en la vía pública o terreno del común y en general de cualquier remoción del pavimento o aceras en la vía pública;
-el de por los derechos del servicio del Matadero;
-el de producto de las Tasas de Administración por los documentos que se expidan o de que entiendan la Administración Municipal o las Autoridades Municipales a instancia de parte;
-el recargo del 20% del importe de la cuota del Tesoro sobre la Contribución Industrial y de Comercio;
-el recargo Municipal del 32% sobre las cuotas del Tesoro por el consumo de gas y electricidad,
-la participación que se concede a este Ayuntamiento en las cédulas personales,
-el recargo del 16% sobre la Contribución Territorial para atenciones de primera enseñanza
-y por último el Repartimiento General de Utilidades.
Así daría comienzo la gestión del Sr. Cañamero, que no podía sospechar todas las vicisitudes que le esperaban durante los años siguientes.

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