El Romeral de Alhaurin
miércoles, 29 de diciembre de 2021
Cartama, 29 de Diciembre de 1874
sábado, 18 de diciembre de 2021
LINEA DE ALTA TENSION 33KV TORREMOLINOS-CHURRIANA-CAMPANILLAS
RESOLUCION de la Dirección General de Industria por la que se autoriza a Hidroeléctrica del Chorro, Sociedad Anónima, la ampliación y modificación de la línea de la alimentación y distribución que se cita. (BOE NÚM 311, de 29 de diciembre de 1959).
Visto el expediente incoado en la Delegación de
Industria de Málaga, a instancia de Hidroeléctrica
del Chorro, S.A. con domicilio en Madrid, Alcalá, número 27, en solicitud
de autorización para ampliar y modificar la línea de alimentación y cumplir los
trámites reglamentarios ordenados en las disposiciones vigentes.
Esta Dirección, a propuesta de la Sección
correspondiente de la misma, ha resuelto autorizar a Hidroeléctrica del Chorro, S.A. la ampliación y reformas de
las líneas de alimentación, a 33 kV y de distribución a 2,5
kV, de las zonas de Torremolinos, Churriana y Campanillas. La línea,
33 kV, trifásica, quedará formada por dos polígonos, uno de ellos se
iniciará y terminará en la subestación de San Sebastián, y su recorrido será San
Sebastián-Perales-La Isla-San Sebastián, su longitud de 9.271 metros, de un
solo circuito: para conductor se empleará cable aluminio-acero de 116,2 milímetros
cuadrados de sección total cada uno. El otro circuito abarcará Perales-Huertecilla-La
Cizaña y la Isla, de 11.600 metros, de un solo circuito y conductor cable
de aluminio-acero de 74,37 milímetros cuadrados de sección total cada uno.
Estas líneas irán sustentadas por cadenas de aisladores sobre apoyos de
hormigón armado pretensado.
Una subestación de transformación en Huertecilla y
reforma de la existe en La Cizaña; en la primera se instalará un transformador
de 2.000 kVA, relación 33/1kV, y en la segunda quedarán montados dos
transformadores iguales de idénticas características al anterior descrito.
También en cada una de estas subestaciones de 60 kVA, relación 10/0,23-0,133
kV. De estas subestaciones saldrán, respectivamente, tres y cinco línea de 10 kV
para distribución en la zona donde encuentran emplazadas.
Completarán las instalaciones los equipos correspondientes
de protección, maniobra, mando y medida, así como el de servicio auxiliares de
las subestaciones.
En La Isla se construirá una caseta de
seccionamiento y derivación, instalándose los correspondientes interruptores
automáticos y seccionadores.
Las líneas de distribución actuales a 2,5 kV de las
zonas de Churriana, Torremolinos y Campanillas, se acondicionarán para una
tensión de 10 kV y se construirán dos tramos de línea trifásica,
a 10 kV de un solo circuito La Cizaña-Colegio de Huérfanos y
Torremolinos-Montemar. Se empleará para conductor de aluminio-acero de
43,05 milímetros cuadrados de sección cada uno, sobre aisladores rígidos de apoyo
de hormigón armado pretensado.
Para ampliación del suministro eléctrico se
construirán los centros de transformación siguiente: Reformatorio de
Menores y El Borbollón, con transformador de 20 kVA; Tejar de Moreno,
Tejar de Quintana, Cantarranas y La Carihuela, con transformador de 30 kVA;
Educación y Descanso y La Torreta, con transformador de 50 kVA; Churriana,
Montemar, La Roca y las Tejas, con transformador de 200 kVA. En Montemar
II se instalarán dos transformadores de 500 kVA cada uno. La relación
de todos estos transformadores será 10.000/230-133 voltios.
Esta autorización se otorga de acuerdo con la Ley de
24 de noviembre de 1939, con las condiciones generales fijadas en la norma 11
de la Orden ministerial de 12 de septiembre del mismo año y las especiales
siguientes:
1º El plazo de puesta en marcha será de un año,
contado a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado.
2º La ampliación y modificación de la línea de
alimentación y distribución se ejecutará de acuerdo con las características
generales consignada en el proyecto que ha servido de base a la tramitación del
expediente, debiendo adaptarse en todos sus detalles a las instrucciones de
carácter general y Reglamentos aprobados por Orden ministerial de 23 de febrero
de 1949.
3º La Delegación de Industria de Málaga comprobará
si en, el detalle del proyecto se cumplen las condiciones de los Reglamentos
que rigen los servicios de electricidad, efectuando durante las obras de instalación,
y una vez terminadas éstas, las comprobaciones necesarias por lo que afecta a
su cumplimiento, y al de las condiciones especiales de esta resolución y en
relación con la seguridad pública, en la forma especificada en las
disposiciones vigentes.
4º El peticionario dará cuenta a la Delegación de
Industria de Málaga de la terminación de las obras para su reconocimiento
definitivo y levantamiento del acta de autorización de funcionamiento, en la
que se hará constar el cumplimiento por parte de aquél de las condiciones
especiales y demás disposiciones legales.
5º La Administración dejará sin efecto la presente
autorización en cualquier momento en que se compruebe el incumplimiento de las
condiciones impuestas, o por inexactas declaraciones en los datos que deben
figurar en los documentos a que se refieren las normas segunda a quinta de la
Orden ministerial de 12 de septiembre de 1939 y preceptos establecidos en la
del 23 de febrero de 1949.
6º Los elementos de la instalación proyectada
serán de procedencia nacional.
Lo que comunico a V.S. para su conocimiento y demás
efectos. Dios guarde a V.S. muchos años. Madrid, 17 de diciembre de 1959.- El
Director general, José García Usano.
Sr. Ingeniero Jefe de la Delegación de Industria de
Málaga.
sábado, 11 de diciembre de 2021
jueves, 2 de diciembre de 2021
viernes, 26 de noviembre de 2021
Córdoba, 26 de Noviembre de 1852.
Córdoba, 26 de Noviembre de 1852. Junta Provincial de Beneficencia de Córdoba.
Estando acordado con la competencia autorización la venta a
censo de la hacienda llamada Cortijo del Romeral y Huerta
de Gragea, en el término de Alhaurín de la Torre, provincia de
Málaga, propia del hospital de Agudos de esta ciudad, y de las obras
pías de la santa iglesia de la misma, siendo el tipo para la subasta
233.334 reales de capital y 7.000 de réditos anuales, se verificará dicho
acto a las doce de las mañana del día 30 de Diciembre próximo en
las casas de Gobiernos de Córdoba y Málaga, y en las de Ayuntamiento
de Alhaurin de la Torre, en cuyos sitios hallarán de manifiesto copias del
pliego de condiciones para satisfacción de las personas que deseen interesarse
en su adquisición.
Gaceta de Madrid. Núm. 6735,
30 de Noviembre de 1852.
miércoles, 17 de noviembre de 2021
ARJONA, 17 de Noviembre de 1891
D |
ecreto de
17 de Noviembre de 1891 sobre la concesión del título de Ciudad a la villa de
Arjona. (GACETA 323, 19 de Noviembre de 1891). MINISTERIO DE GOBERNACIÓN.
Queriendo dar una prueba de mi Real aprecio a la villa
de Arjona, provincia de Jaén, por el aumento de su población, desarrollo de
su agricultura, industria y comercio y su constante adhesión a la Monarquía constitucional;
En nombre de Mi Augusto Hijo el REY D. Alfonso XIII,
y como REINA Regente del Reino,
Vengo en concederla el título de Ciudad, y á a su
Ayuntamiento el tratamiento de Excelencia.
Dado en Palacio a 10 de Noviembre de 1891.
MARIA CRISTINA
El Ministro de la Gobernación. FRANCISCO SILVELA
sábado, 13 de noviembre de 2021
Torvizcón, 13 de Noviembre de 1860
Torvizcón,
13 de Noviembre de 1860. Hallándose vacante la Secretaria de
este pueblo, dotada de 4.000 reales anuales, se anuncia para que los que se
crean con derecho a optar a la plaza presenten solicitud dentro del término de
30 días desde la fecha del anuncio.
lunes, 1 de noviembre de 2021
SEGURIDAD Y POLICIAL EN LA CHINA ACTUAL
SEGURIDAD Y POLICIAL EN LA CHINA ACTUAL
RESUMEN
Para entender cualquier aspecto de China hay que hacer
siempre referencia a sus magnitudes y compararlas con las conocidas. No
obstante, para ser objetivo, y a pesar de las referencias tomadas sobre el
terreno, o con estadísticas, se necesita a veces hacer algunas abstracciones.
La economía china, desde hace tiempo, tiene uno de los crecimientos anuales más
grandes del Mundo. Su población representa el 20% del total mundial de la
población (más de 1.300 millones de habitantes) y es el tercer país más grande
en superficie. Cuenta con las fuerzas armadas más importantes del Mundo (al
menos en cuanto a su número), dispone de armas nucleares y además es uno de los
miembros permanentes del Consejo de Seguridad de la ONU, lo que refuerza su
influencia diplomática en el Mundo. Con unos cambios profundos en sus sistemas
sociales, demográficos, económicos y políticos, su sistema de seguridad y
policial se desarrolla en unos momentos en que su expansión le obliga a estar
en continua actualización.
El auge económico de China
propició el incremento de su delincuencia financiera y económica, situación que
sorprendió a su estructura penal y administrativa. No obstante, en poco tiempo
el país se dotó de los instrumentos legales que le permitieron hacer frente a
este reto. Entre 1997 y 2002, la sociedad china se enfrentó a casi 119.000
casos de cuello blanco contra cargos
públicos en todos los niveles, de los que la mayor parte no fueron llevados a
los tribunales, sino que se resolvieron dentro de las comisiones internas
disciplinarias del partido.
En 2007 se creó una
Autoridad contra el blanqueo de dinero bajo la supervisión del Consejo de
Estado, y en la actualidad China es miembro del FIU (Financial Intelligence
Unit) o FATF (Financial Action Task Force).
En 2015 hubo unos 34.000
juicios de corrupción contra 49.000 personas, entre los que fueron procesados
22 funcionarios de alto nivel ministerial, incluido un miembro del Comité
Permanente del Buró Político del Comité Central del Partido Comunista.
En las últimas leyes
promulgadas de Seguridad Nacional y lucha contra el Terrorismo, el sistema
judicial se comprometió a lanzar un programa de fiscalías transregionales a fin
de reducir la interferencia judicial, creándose fiscalías piloto en Beijing y
Shanghai para luchar contra una serie de delitos relacionados contra la
seguridad alimentaria y farmacológica, así como contra la propiedad intelectual
y los derechos marítimos.
1. DELINCUENCIA Y
CONFLICTIVIDAD EN CHINA
La delincuencia en
China es muy baja, aunque a partir de los 80 y posteriores, los delitos han
aumentado. Desde finales de mayo de 2011 hasta febrero de 2012 se detuvieron
alrededor de 270.000 personas, de las que 23.000 estaban hace más de 10 años en
búsqueda y captura. En 2011 se condenaron a 74.670 personas en 69.244 casos de
drogas, de los que el 25% se corresponden a sentencias graves que van de 5 años
de prisión a muerte.
La provincia más conflictiva es la Xinjiang, al noroeste
de China, habitada sobre todo por población uigur, que son musulmanes
étnicamente próximos a los turcos y suníes. Se calcula que en China puede haber
100 millones de musulmanes. Sobre esta región actúa el ETIM (East Turkestam
Islamic Mouvement/Turkistan Islamic Party), que desde 2002, y con posterioridad
al 11-S, se ha reconocido como organización terrorista internacional. También
la provincia de Yunan, al sureste del país, se considera problemática por el
tema de las drogas. Otro aspecto sensible para las autoridades chinas, dentro
de su política interior de seguridad, lo representa la región del Tíbet y la
secta Falun Gong.
2. SISTEMA DE
SEGURIDAD Y POLICIAL
El sistema policial
chino tiene a la vez características de centralización y descentralización. Por
una parte, tiene competencias operativas y de servicio que dependen del
Ministerio de Seguridad Pública (MSP), mientras que las competencias
administrativas dependen de los gobiernos regionales y autónomos.
Existen 31
departamentos locales de seguridad, dentro de los niveles provinciales,
municipales y regiones autónomas que tienen competencias para decidir la
plantilla, las prioridades operativas y el presupuesto de acuerdo con las
características del territorio, aunque los detalles finales son decididos por
el MSP. La Policía depende directamente del Ministerio de Seguridad Pública
(MSP) que fue creado en 1949.
La dualidad de
dependencia hace que la policía tenga una formación distinta según la región de
la que proceda. Las pruebas de ingreso también varían según zonas geográficas,
aunque a partir de 2010 se han estado unificando estas condiciones. Su
formación básica dura unos tres meses. Se pide una estatura de 1,70 m para
hombres y 1,60 m para mujeres, y entre 25 años y 30 años en las regiones más
pobres y aisladas. También el sueldo de policía de base varía según las
regiones, entre 90 y 150 euros mensuales.
Otra característica
del sistema de formación chino es que las 10 más importantes universidades
policiales de un total
de 30 están bajo la supervisión del MSP, las autoridades
locales y el Ministerio de Educación.
Con la intención de
mejorar y normalizar, la Unión Europea ha llevado a cabo un proyecto de
formación con la Policía China, EU-China Police Trainig Project, entre
2012-2016, con un presupuesto cercano a los seis millones de euros destinado a
la mejora del reclutamiento y posterior formación de sus agentesen
informatización del servicio policial, estandarización y mejora de las
prácticas de investigación criminal y lucha contra la delincuencia
internacional organizada, así como mejora de las relaciones entre la ciudadanía
y su Policía (desarrollo de la Policía Comunitaria). Un proyecto con la
participación de la Guardia Civil y Cuerpo Nacional de Policía.
El sistema de
seguridad y policial está compuesto por:
La Policía de Seguridad Pública (PSP)
representa aproximadamente un 85% del total de efectivos operativos. Es de
naturaleza civil y depende del MSP y de las autoridades regionales,
provinciales y locales en las que administrativamente se encuentra dividido el
país. Se encuentra desplegada en todo el territorio, con excepción de Macao y
Hong Kong, que cuentan con sus respectivas policías. El conjunto de esta
Policía lo forman: Policía de Ferrocarriles, Policía de Transportes, Policía de
Aviación Civil y Policía Forestal.
La Policía de Seguridad del Estado fue
creada en 1983 y es un Servicio de Inteligencia que depende tanto del Consejo
de Estado (máximo órgano del poder ejecutivo de la República China, y máxima autoridad
de la administración del Estado, responsable de desarrollar los principios y
las políticas promovidas por el Partido Comunista de China y aplicar las leyes
aprobadas por la Asamblea Popular Nacional), como del Ministerio de Seguridad
del Estado. Es un servicio de inteligencia (que excluye asuntos militares)
responsable de la contra-inteligencia, antiterrorismo, inteligencia política
exterior y de seguridad.
La Policía Judicial no ejerce las
tradicionales misiones de investigación criminal de una policía judicial, y
solo tiene misiones de vigilancia de juzgados, mantenimiento del orden en
juicios y traslado de presos (y en algunos casos ejecuta las penas de muerte).
Depende del Ministerio de Justicia y del Consejo de Estado.
La
Policía de Prisiones vigila las prisiones y centros correccionales, y
supervisa el cumplimiento de las penas. Depende del Ministerio de Justicia y
del Consejo de Estado.
La Policía Armada
Popular (PAP) es, junto con el Ejército Popular de Liberación (EPL) y la
Milicia Popular, el tercer integrante de las Fuerzas Armadas de China, pero que
tiene misiones policiales. Su origen data de 1949 como Cuerpo Central de
Seguridad Pública, que en un principio tenía misiones de protección de los
miembros del Comité Central del partido comunista, los departamentos
gubernamentales centrales y algunos objetivos de Pekín. El Comité Central del
Partido funda esta policía en junio de 1982, estableciéndose en 1983 su cuartel
general en Pekín.
Está desplegada en
tres niveles: Cuartel General, Brigadas generales (nivel de división) y
brigadas (nivel regimental). Cuenta con 14 Divisiones de reserva con base en
las provincias de Liaoning (2), Jiangsu (2), Hebei, Shanxi, Xinjiang, Gansu,
Henan, Fujian, Yunnan, Sichuan, Guangzhou y Tianjin.
En agosto de 2009, la
Asamblea Nacional Popular establece su primera ley de organización, en la que
figura con misiones de seguridad del Estado: seguridad pública y protección de
personas y bienes vigilancia, así como con misiones de vigilancia de la
frontera, protección de edificios emblemáticos, embajadas y VIP. Depende
orgánicamente del Consejo de Estado y de la Comisión Militar (máxima autoridad
del ejército chino) pero su dependencia operativa, en relación a los servicios
de seguridad ciudadana, es del Ministerio de Seguridad Pública, y cuenta con
alrededor de 670.000 efectivos.
3. EVOLUCION DEL
SISTEMA
La Policía de
Seguridad Pública tiene su marco legal dentro del Código Penal y Ley de
Enjuiciamiento Criminal de 1979, cuyas últimas enmiendas datan del Octavo Congreso
Nacional Popular, que entró en vigor en enero de 1997. También la PSP cuenta
con su propia ley de 1995, y la Policía Armada (PAP), cuenta con la suya de
2009.
China ha firmado
convenios de extradición con unos 25 países, así como otra serie de convenciones
de asistencia penal y civil con otros 47 países, y con policías y cuerpos de
seguridad de casi 110 países. Más de 40 enlaces policiales chinos están
destinados fuera de su país.
Una debilidad de la
organización policial china se debe a que existe una dependencia del órgano
central MSP, y de las autoridades periféricas administrativas: provincias,
regiones administrativas/especiales/municipales, en lo que se refiere a sus
aspectos logísticos y de salarios. Con respecto a su formación, se centra en las
academias y universidades populares y centros de formación, bajo la dirección
del MSP y del Ministerio de Educación, aunque la total financiación de sus
misiones reside en la financiación local, por lo que la Policía depende tanto
del MSP como del Comité del Partido Comunista local. El MSP cuenta con una
estructura compleja en la que hay 22 departamentos, además de varios institutos
de investigación.
La Policía china
cuenta aproximadamente con dos millones de efectivos, de los que alrededor del
86% dependen del Ministerio de Seguridad Pública, y aunque esta cifra nos pueda
parecer grande, la ratio es de un policía por cada 700 habitantes, mientras que
en Europa esta cifra, aproximadamente, es de un policía por cada 300
habitantes.
Señalaremos que una
particularidad del Ejército y de la Policía es la existencia de la figura del comisario político en sus estructuras,
paralelo a la estructura operativa y de mando, hasta nivel de compañía. Procede
de una rama separada de esas instituciones, y su formación se lleva a cabo en
un centro especial. No se puede obviar que su misión es el adoctrinamiento de
las unidades en las ideas del régimen, aunque se intenta ampliar sus
conocimientos en el terreno de los asuntos internos, recursos humanos y
presupuestos.
Otra particularidad
legislativa es que las faltas penales se dividen en tres categorías:
amonestación, multa y detención administrativa (entre uno y quince días). Las
regulaciones gubernamentales para reeducar por el trabajo, de 1979, permiten
imponer a un tribunal especial de la Policía hasta 4 años de privación de
libertad sin intervención de las autoridades judiciales. Estas regulaciones
contra el Orden Público de 1986 facultan a la Policía a amonestar, imponer una
multa y privar hasta 15 días de libertad.
4. ACTIVIDADES DE
COOPERACIÓN POLICIAL INTERNACIONAL Y CON LA GUARDIA CIVIL
La cooperación de las
autoridades policiales chinas y el resto del mundo se realiza desde hace algún
tiempo, y su cara más visible apareció en 2014 con agentes de la Policía china
patrullando conjuntamente con la Policía francesa en París. En este año se
pueden ver estas patrullas conjuntas en Roma y Milán.
Con respecto a la
Guardia Civil, desde que las primeras delegaciones del Ministerio de Seguridad
Pública y la Policía Armada china, en los meses de septiembre y octubre de
2001, visitaron la Guardia Civil, a las que este oficial tuvo la oportunidad de
acompañar, se han estado desarrollando contactos y actividades de cooperación
hasta hoy en día.
En la actualidad,
aunque China no mantiene ningún enlace policial en Madrid, España sí lo tiene
en Pekín, con un representante del Cuerpo Nacional de Policía.
4.1. ESTRECHA
COLABORACION ENTRE LA GUARDIA CIVIL Y LA POLICIA ARMADA DE LA REPÚBLICA POPULAR
CHINA
El director general
de la Guardia Civil, Arsenio Fernández de Mesa, recibió en la sede de la
Dirección General a una delegación de la Policía Armada de la República Popular
de China, encabezada por el comisario político, el coronel general Sun Sijing.
La delegación mantuvo una reunión con nuestro director general, el director
Adjunto Operativo, el Mando de Operaciones, el jefe de Gabinete, y el jefe de
la Secretaría de Cooperación Internacional en la que trataron asuntos
relacionados con las relaciones que mantienen ambos Cuerpos, así como sobre la
actualidad internacional.
Asimismo, la
delegación china asistió a las conferencias El
Sistema Policial en España y la Estructura, Misión y Capacidades de la Guardia
Civil e Historia de la Guardia Civil:
creación y consolidación de la Guardia Civil como primera fuerza de seguridad
pública en España. Además visitaron el CECORVIGMAR y el Museo del Cuerpo.
En días sucesivos se mantuvieron reuniones con la Jefatura Fiscal y de
Fronteras, con la Jefatura de Unidades Especiales y Reserva, la Academia de Oficiales
de la Guardia Civil de Aranjuez y las instalaciones de la ARS y de la UEI.
Asistieron a charlas sobre El sistema
educativo en la Guardia Civil y Aspectos
de política de personal en la Guardia Civil: recompensas, régimen disciplinario
y situaciones del personal (reserva y retiro.
4.2. COLABORACION
INTERNACIONAL
Esta visita se
enmarca dentro del acuerdo administrativo firmado entre el Ministerio del
Interior y el Ministerio de Seguridad Pública de la República Popular China
para luchar contra la delincuencia organizada. A día de hoy, y en relación a
esta materia firmada, se mantienen ámbitos de cooperación entre los que
destacan los concernientes a la trata de seres humanos, tráfico de drogas y
blanqueo de capitales.
Entre las actuaciones
llevadas a cabo destaca la operación GAVELO, coordinada por Europol y
desarrollada en abril de 2016. En ella se detuvieron a 29 integrantes de una
red dedicada a la captación, traslado y posterior explotación sexual de mujeres
de nacionalidad china y se liberó a 29 víctimas.
En 2015, tuvo lugar la operación DRYER, en la
que se descubrió a una serie de sociedades que exportaban sustancias
estupefacientes a países de la Unión Europea y EE.UU. En lo referente a la
lucha contra blanqueo de capitales resalta la operación FLOR CHINA,
desarrollada en 2015 en la que se detectaron empresas chinas que estaban
cometiendo una estafa financiera.
C. José Duque Quicios
miércoles, 27 de octubre de 2021
martes, 26 de octubre de 2021
domingo, 10 de octubre de 2021
CREACION DE SECRETARIA GENERAL DE MINISTERIO DE ESTADO
Decreto creando en este Ministerio el cargo de Secretario general, que estará desempeñado un Ministro plenipotenciario de primera clase. (Gaceta de Madrid, núm. 285, de 11 de Octubre de 1936).
MINISTERIO DE ESTADO. DECRETO
La importancia y complejidad
extraordinarias que las actuales circunstancias, determinan en los servicios
del Ministerio de Estado, llamados, por la índole de su función, a llevar las
delicadas relaciones de España con los países extranjeros y a recibir y
tramitar el número de asuntos que éstos a su vez plantean como consecuencia de
los presentes acontecimientos, aconsejan el refuerzo de sus órganos de dirección
en forma que permita al titular del Departamento, sin perjuicio de conservar
personal y directamente su alta gestión, delegar de ella las de sus facultades
que estime transmisibles y verse asistido lo más eficazmente posible, tanto en
sus obligaciones de relación diplomática como en las políticas y aun
parlamentarias, cuando menos en lo que al trabajo de Comisiones se refiere,
procedimiento tan en uso en otros países, en los que en su
Práctica viene dando los más
beneficiosos resultados.
Para ello parece convenir
crear, a las inmediatas órdenes del Ministro y con las facultades que éste
delegue en él, el cargo de Secretario general técnico del
Ministerio del Estado, al que corresponderá la dirección de todos los servicios
del mismo y su enlace con la autoridad encarnada en el Ministro y el
Subsecretario, siendo éste típicamente el colaborador político de aquél y el
llamado a compartir su función, en relación no sólo con el Cuerpo diplomático
extranjero, sino con los restantes Departamentos de la Administración y, hasta
donde su Reglamento lo permita, con la misma Cámara de Diputados.
En atención a lo expuesto,
de acuerdo con el Consejo de Ministros y a propuesta del de Estado, VENGO en
decretar lo siguiente:
Art. 1º. Se crea en el
Ministerio de Estado el cargo de Secretario general, que estará
desempeñado por un Ministro plenipotenciario de primera clase.
Art. 2º. El Secretario
general del Ministerio de Estado será el jefe de todos los servicios del mismo,
a las inmediatas órdenes del Ministro y del Subsecretario, en cuanto éste
comparta por delegación la autoridad de aquél.
Art. 3º. El Secretario
general del Ministerio de Estado desempeñará además cuantas funciones, incluso
las de resolución y firma, delegue en él el titular del Departamento.
Art. 4º. El cargo de
Secretario general del Ministerio de Estado estará dotado con el sueldo de
20.000 pesetas, correspondiente a la categoría de Ministro plenipotenciario de
primera clase, y 6.000 pesetas más para gastos de representación.
Art. 5º. Entretanto que un
nuevo presupuesto no provea directamente a ello, el Secretario general del
Ministerio de Estado percibirá sus haberes de sueldo y gastos de representación
con cargo a las partidas correspondientes consignadas en el vigente para las jefaturas
superiores de Política y Comercio y de Administración, cuyas facultades
directivas asumirá.
Art. 6º. Del presente
Decreto se dará cuenta oportunamente a las Cortes.
Dado en Madrid de 10 de
Octubre de 1936.
MANUEL AZAÑA
El Ministro de Estado, JULIO
ALVARE DEL VAYO.
DECRETO autorizando al Presidente del Consejo de Ministros para
que presente a las Cortes un proyecto de Ley sobre convalidación de los
Decretos expedidos por la Presidencia del Consejo de Ministros y demás
departamentos ministeriales, a partir del día 11 de Julio de último hasta el 30
de Noviembre actual. (Gaceta de la República, número 343, de 8 de diciembre de
1936)
De acuerdo con el Consejo de
Ministros y a propuesta de su Presidente,
Vengo en autorizar a éste
para que presente a las Cortes un proyecto de Ley sobre convalidación de los
Decretos expedidos por la Presidencia del Consejo de Ministros y demás departamentos
ministeriales, a partir del día once de junio último hasta el treinta de
noviembre actual.
Dado en Valencia, a treinta
de noviembre de mil novecientos treinta y seis
MANUEL AZAÑA DIAZ
El presidente del Consejo de
Ministros,
FRANCISCO LARGO CABALLERO
A LAS CORTES
El presidente que suscribe,
de acuerdo con el Consejo de Ministros, tiene el honor de someter a la
aprobación de las Cortes el siguiente PROYECTO DE LEYA
Artículo único. Se
convalidan, dándole carácter de Ley, los Decretos publicados por la Presidencia
del Consejo de Ministros, y demás departamentos ministeriales en el interregno
parlamentario comprendidos el 11 de Julio y el 30 de Noviembre de 1936, que
figuran comprendidos en el anejo que a continuación se inserta.
Valencia, 30 de noviembre de
1936.
El presidente del Consejo de
Ministros,
FRANCISCO LARGO CABALLERO
(...)
DEL MINISTERIO DE ESTADO
Creando en el Ministerio de
Estado el cargo de Secretario general, que estará desempeñado por
un Ministerio plenipotenciario de primera clase.
jueves, 7 de octubre de 2021
CDL ANIVERSARIO DE BATALLA DE LEPANTO
D |
ECRETO 269/1971, de 11 de febrero, de
creación de la Medalla conmemorativa del IV Centenario de la Batalla de
Lepanto. (BOE núm.
44, 22 de febrero de 1971)
El Decreto
número 2.928/1970, de 8 de octubre, otorgó carácter oficial y nacional a la
conmemoración del IV Centenario de la Batalla de Lepanto, y, para dar mayor
realce y solemnidad a los actos que hayan de celebrarse con este motivo, se ha
estimado oportuno crear una medalla conmemorativa de la efeméride.
En su
virtud, a propuesta del Ministro de la Marina, y previa deliberación del
Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de febrero de 1971, DISPONGO:
Art.
1º. Se crea la Medalla conmemorativa del IV Centenario de la Batalla de
Lepanto.
Art.
2º. La Medalla, en 35 milímetros de módulo, en oro y bronce, en el anverso el
busto de Don Juan de Austria, idéntico al de la acuñada en 1571, y al reverso,
la leyenda IV Centenario de la Batalla de
Lepanto MCMLXXI.
Penderá
de una cinta azul celeste, flanqueada de rojo y blanco.
Art.
3º. La Medalla de Oro se otorgará a Su Excelencia el Jefe del Estado, a Su
Alteza Real el Príncipe de España y a la actual Marquesa de Santa Cruz, como
descendiente del Almirante más destacado de aquella jornada.
Art.
4º. La Medalla de Bronce se otorgará por el Vicepresidente del Gobierno,
directamente o a propuesta de la Junta Ejecutiva de la conmemoración del IV
Centenario de la Batalla de Lepanto.
Así lo
dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a 11 de febrero de 1971.
FRANCISCO
FRANCO
El Ministro de Marina ADOLFO
BATURONE COLOMBO
lunes, 4 de octubre de 2021
sábado, 2 de octubre de 2021
viernes, 17 de septiembre de 2021
jueves, 16 de septiembre de 2021
CREACION DE EMBAJADA DE ESPAÑA EN LA URSS
Decreto creando la Embajada de España cerca del Presidente del Comité Central Ejecutivo de la Unión de Repúblicas Soviéticas Socialistas. (Gaceta de Madrid, núm. 270, de 26 de septiembre de 1936).MINISTERIO DE ESTADO
EXPOSICION
En momentos en que España
inicia una nueva estructura de su vida político-social, inspirándose en anhelos
que respondan al concepto de libertad y renovación, estima el Gobierno de la
República indispensable, no sólo mantener y fomentar sus relaciones
internacionales, sino estrecharlas con otras democracias afines,
entre las cuales es una de sus más altos exponentes la Unión de
Repúblicas Soviéticas Socialistas.
Identificado, por otra
parte, el Comité Central Ejecutivo de la Unión de Repúblicas Soviéticas
Socialistas en los mismos ideales de paz y de progreso, por cuya
consecución viene laborando, ha dado forma tangible al reconocimiento mutuo
de ambos Gobiernos y designado su Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario.
Por todas estas
consideraciones, el Ministro de Comunicaciones y de Marina mercante, encargado
de la cartera de Estado, que suscribe, tiene el honor de someter a la
aprobación del Gobierno el siguiente DECRETO.
A propuesta del Ministro de
Comunicaciones y Marina mercante, encargado de la cartera de Estado, y de
conformidad con el Consejo de Ministros, VENGO a decretar lo que sigue:
Art.1º. Se crea la
Embajada de España cerca del Presidente del Comité Central Ejecutivo de
la Unión de Repúblicas Soviéticas Socialistas.
Art. 2º. Para la instalación
y sostenimiento de la Embajada se concederá el crédito extraordinario
correspondiente.
Art. 3º. Del presente
Decreto se dará oportuna cuenta a las Cortes.
Dado en Madrid a 16 de
Septiembre de 1936.
MANUEL AZAÑA
El Ministro de Comunicaciones y Marina mercante,
encargado de la cartera de Estado, BERNARDO GINER DE LOS RIOS.
miércoles, 15 de septiembre de 2021
martes, 14 de septiembre de 2021
viernes, 3 de septiembre de 2021
CREACION DE CONSULADO EN SANTO DOMINGO (REPUBLICA DOMINICANA)
ORDEN de 16 de enero de 1992
por la que se crea una Oficina Consular, con categoría de Consulado, en Santo
Domingo. BOE núm. 20, de 23 de enero de
1992.
Tradicionalmente, las funciones
consulares en la República Dominicana han sido ejercidas por un
Secretario de nuestra Embajada en dicho país, que, al tiempo que asumía la Segunda
Jefatura de la Embajada, era el Encargado de la Sección Consular de
la misma.
Esta situación, ya de por sí insuficiente para
prestar una atención adecuada a los más de 16.000 españoles
residentes en dicho país, se ha visto complicada durante los últimos años
por la aparición de dos fenómenos simultáneos: El notable incremento
del turismo español hacia citada República y la conversión de nuestro
país en uno de los destinos preferidos por la emigración
dominicana.
En consecuencia, se hace necesario crear una estructura
consular adecuada que permita hacer frente a las necesidades derivadas
de dicha situación.
En su virtud, en uso de la habilitación concedida por el Real
Decreto 632/1987, de 8 de mayo, en su artículo 21, y previa
aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, he
tenido a bien disponer:
Primero. Se crea una Oficina Consular, con categoría de
Consulado, en Santo Domingo, para el ejercicio de las funciones prevista en el
artículo 20 del Real Decreto 632/1987, de 8 de mayo.
Segundo. El Consulado en Santo Domingo tendrá jurisdicción sobre
todo el territorio de la República Dominicana, dependiendo, en los términos
establecidos en los artículos 9 y 24 del Real Decreto 632/1987, de 8 de mayo,
de la Embajada de España en dicho país.
Madrid, 16 de enero de 1992.
FERNANDEZ ORDOÑEZ
Excmos. Sres. Subsecretario de Asuntos Exteriores, Secretario
general de Política Exterior y Embajador de España en la República Dominicana.
jueves, 2 de septiembre de 2021
CREACION DE CONSULADO HONORARIO EN BRATISLAVA
ORDEN de 27 de mayo de 1991
por la que se crea una Oficina Consular Honoraria en Bratislava (República
Federativa Checa y Eslovaca). BOE núm. 137, de 8 de junio de 1991.
El incremento de las relaciones comerciales españolas
con la República Eslovaca, unido al creciente auge del turismo
nacional hacia dicha República, plantean la conveniencia de establecer una
Oficina Consular Honoraria en su capital, que permita una asistencia más
directa e inmediata a los ciudadanos españoles que se desplacen a la
misma.
En su virtud, a iniciativa de la Dirección General del
Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada
por la Embajada de España en la República Federativa Checa y Eslovaca
y previo informe favorable de la Dirección General de Asuntos Consulares,
he tenido a bien disponer:
Primero. Se crea una Oficina Consular Honoraria en Bratislava
(capital de la República Eslovaca), dependiente de la Embajada de España
en Praga (República Federativa Checa y Eslovaca).
Segundo. El Jefe de la Oficina Consular Honoraria en
Bratislava tendrá, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena
sobre relaciones consulares, de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul
Honorario.
Lo que comunico a V.E. para su conocimiento y efectos. Madrid,
27 de mayo de 1991.
FERNANDEZ ORDOÑEZ
Excmo.
Sr. Subsecretario.
miércoles, 1 de septiembre de 2021
CREACION DEL CONSULADO HONORARIO EN QUELIMANE (MOZAMBIQUE)
ORDEN de 27 de mayo de 1991 por la que se crean una Oficina Consular Honoraria en Quelimane (Mozambique). BOE núm. 137, de 8 de junio de 1991.
La creciente presencia española en Mozambique y el
consecuente incremento de las relaciones bilaterales con dicho país, así
como las dificultades de comunicación entre las diversas provincias
de aquél, hacen aconsejable la paulatina creación de Oficinas
Consulares Honorarias que atiendan de un modo más directo y eficaz
los intereses españoles en la zona.
El incremento de las actividades comerciales españoles en
Quelimane junto con el hecho que esta ciudad constituye la base de
nuestra flota pesquera en Mozambique, aconsejan establecer en la misma
la primera de las citadas oficinas.
En su virtud, a iniciativa de la Dirección General del
Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada
de España en Mozambique y previo informe favorable de la Dirección
General de Asuntos Consulares, he tenido a bien disponer:
Primero. Se crea una Oficina Consular Honoraria en Quelimane
(capital de la provincia de Zambezia), dependiente de la Embajada
de España en Maputo (Mozambique).
Segundo. El Jefe de la Oficina Consular Honoraria en Quelimane
tendrá, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre
relaciones consulares, de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul
Honorario.
Lo que comunico a V.E. para su conocimiento y efectos. Madrid,
27 de mayo de 1991.
FERNANDEZ ORDOÑEZ
Excmo.
Sr. Subsecretario.