BOLETIN OFICIAL DE ESTADO de 29 de noviembre
de 1982. Número 286.
REAL DECRETO
3253/1982, de 12 de noviembre, por el que se declara monumento
histórico-artístico de carácter nacional al palacio de los Marqueses de
Salvatierra, en Ronda (Málaga).
La Dirección General de Bellas Artes, Archivos y
Biblioteca incoó expediente a favor del palacio de los Marqueses de
Salvatierra, en Ronda (Málaga), para su declaración como monumento
histórico-artístico.
La Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, en
el informe emitido con arreglo a las disposiciones vigentes sobre el mencionado
expediente, ha señalado que el citado palacio reúne los méritos suficientes
para merecer dicha declaración.
En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo
establecido en los artículos tercero, catorce y quince de la Ley de trece de
mayo de mil novecientos treinta y seis (Ley
de 13 de mayo de 1936), a propuesta de la Ministra de Cultura y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día doce de noviembre
de mil novecientos ochenta y dos (12 de
noviembre de 1982),
DISPONGO:
Artículo primero.- Se declara monumento
histórico-artístico de carácter nacional el palacio de los Marqueses de
Salvatierra, en Ronda (Málaga).
Artículo segundo.- La tutela de este monumento, que
queda bajo la protección del Estado, será ejercida, a través de la Dirección
General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas, por el Ministerio de Cultura,
el cual queda facultado para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para
el mejor desarrollo del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a doce de noviembre de mil novecientos
ochenta y dos.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Cultura,
SOLEDAD BECERRIL BUSTAMANTE
BOLETIN OFICIAL DE ESTADO de 18 de noviembre
de 1981. Número 276
RESOLUCION de
20 de octubre de 1981, de la Dirección General de Bellas Artes, Archivos y
Bibliotecas, por la que se ha acordado tener por incoado expediente de
declaración de monumento histórico-artístico a favor del Palacio de los
Marqueses de Salvatierra, en Ronda (Málaga)
Vista la propuesta formulada por los Servicios
Técnicos correspondientes.
Esta Dirección General ha acordado:
Primero.- Tener por incoado expediente de declaración
de monumento histórico-artístico a favor del Palacio de los Marqueses de
Salvatierra, en Ronda (Málaga).
Segundo.- Continuar la tramitación del expediente de
acuerdo con las disposiciones en vigor.
Tercero.- Hacer saber al Ayuntamiento de Ronda que,
según lo dispuesto en los artículos 17 de la Ley de 13 de mayo de 1933 y 6º del
Decreto de 22 de julio de 1958, todas las obras que hayan de realizarse en el
monumento cuya declaración se pretende, o en su entorno propio, no podrán
llevarse a cabo sin aprobación previa del proyecto correspondiente por esta
Dirección General:
Cuarto.- Que el presente acuerdo se publique en el Boletín Oficial del Estado.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 20 de octubre de 1981.- El Director general,
Javier Tusell Gómez.
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