Málaga, 30 de diciembre de 1863. Circular núm. 10. Excmo. Sr.: El Ministro de la Guerra dice al Director general de Infantería que enterado la Reina (QDG) de lo expuesto por V.E. En su oficio de 28 de agosto último, en que pide que al Teniente procedente del batallón provincial de Málaga, Federico Martín Bolaños, traslado al regimiento de Infantería Córdoba núm. 10 no le prive del abono de los sueldos que le correspondan la no presentación en el último cuerpo, toda vez que no puede tener lugar por hallarse sumariado y preso en el castillo de Gibralfaro, se ha servido resolver, con la presencia de lo informado por el Director general de Administración militar en 30 de noviembre anterior, que hallándose el interesado en dicho castillo por orden superior, e indicado tal circunstancia en el justificante de revista, procede el que se haga el abono de los haberees; siendo la voluntad de S.M., con el fin de evitar dudas para lo sucesivo, sirva de regla general para los casos analogos que puedan ocurrir.
De Real orden, comunicada por Sr. Ministro, lo traslado a V. E. para su conocimiento y efectos. El Subsecretario, Gabriel Saenz de Buruaga.
Circular núm. 40. Excmo. Sr.: El Sr. Ministro de la Guerra dice hoy al Secretario de Tribunal Supremo de Guerra y Marina que conforme a la REINA (QDG) con lo expuesto por las Secciones reunidas de Gracia y Justicia y Estado y Guerra y de Marina del Consejo de Estado, se ha servido disponer que por ese Supremo Tribunal, Consejos de guerra, o por quien en su caso corresponda, apreciando las circunstancias de la comisión del delito, el carácter del mismo y las especiales circunstancias del reo procedente de tropa, se determine si es o no acreedor a la gracia a abonos generales concedidas por el ejercito, siempre que al reo sea beneficiado, expresando al fin de la sentencia en la propia forma para casos análogos según Real orden de 1 de enero de 1855.
De la de S.M. comunicada por Sr. Ministro, lo traslado a V.E. Para su conocimiento y efectos. El Subsecretario, Gabriel Sáenz de Buruaga.
Gaceta de Madrid, núm. 21 de 21 de enero de 1864.
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