sábado, 2 de junio de 2018

Ronda, 2 de Junio de 1960



BOLETIN OFICIAL DE ESTADO de 14 de Junio de 1960. Número 42


DECRETO 1063/1960, de 2 de junio, sobre construcción de casa-cuartel en Ronda (Málaga)



Examinado el expediente instruido por el Ministerio de la Gobernación para la construcción, por el régimen de viviendas de renta limitada, de un edificio destinado a acuartelamiento de la Guardia Civil en Ronda (Málaga), y apreciándose que  en el mismo se han cumplido los requisitos legales; de conformidad con lo dictaminado por la Comisión del Consejo de Estado, a propuesta del Ministro de la Gobernación y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veinte de mayo de mil novecientos sesenta.


DISPONGO:

Artículo primero.- Conforme a lo dispuesto en la Ley de quince de julio de novecientos cincuenta y cuatro (Boletín Oficial del Estado número ciento noventa y siete), que establece el régimen de viviendas de renta limitado, hecho extensivo a la Guardia Civil por Orden conjunta de los Ministerios de Trabajo y de la Gobernación, de veinte de abril de mil novecientos cincuenta y seis, se autoriza a este último Departamento para concertar con el Instituto Nacional la operación oportuna para la construcción de un edificio destinado a casa-cuartel de la Guardia Civil en Ronda (Málaga), con presupuesto de cinco millones setecientas ocho mil ochocientas cincuenta y dos pesetas con cincuenta céntimos (5.708.852,50 pesetas) y aportación municipal de quinientas setenta mil ochocientas pesetas con veinticinco céntimos (570.800,25 pesetas), ajustándose al proyecto formalizado por el Organismo técnico correspondientes de la Dirección General de aquel Cuerpo, y en la ejecución de cuyas obras se aplicará el procedimiento de concurso-subasta que prevé el artículo cuarto de la Orden aludida.


Artículo segundo.- De la suma indicada, en el artículo anterior, deducida la aportación municipal mencionada, el Instituto Nacional de la Vivienda prestará, sin interés alguno, la cantidad de cinco millones ciento treinta y siete mil novecientas sesenta y siete pesetas con veinticinco céntimos (5.137.967,25 pesetas), de cuyo préstamo se resarcirá en cincuenta anualidades, a razón de ciento dos mil setecientas cincuenta y nueve pesetas con treinta y cinco céntimos (102.752,35 pesetas), a partir del año mil novecientos sesenta inclusive, con cargo a la consignación figurada para construcción de cuarteles del Cuerpo mencionado en los Presupuestos generales del Estado.


Artículo tercero.- Por los Ministerios de Hacienda y de la Gobernación se dictarán las disposiciones convenientes en ejecución de este Decreto.


Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid, a dos de junio de mil novecientos sesenta.

FRANCISCO FRANCO

El Ministerio de la Gobernación,

CAMILO ALONSO VEGA


BOLETIN OFICIAL DE ESTADO de 29 de junio de 1960. Número 155

CORRECION de erratas del Decreto 1063/1960, de 2 de junio, sobre construcción de casa-cuartel en Ronda (Málaga)

Padecido error en la inserción del citado Decreto, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 142, de fecha de junio de 1960, se rectifica su artículo primero en el sentido de que donde  dice: …y aportación municipal de quinientas setenta mil ochocientas pesetas con veinticinco céntimos…, debe decir: … y aportación municipal de quinientas setenta mil ochocientas y cinco pesetas con veinticinco céntimos…
 

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