BOLETIN OFICIAL DE ESTADO de 14 de Junio de
1960. Número 42
DECRETO 1063/1960,
de 2 de junio, sobre construcción de casa-cuartel en Ronda (Málaga)
Examinado el expediente instruido por el Ministerio
de la Gobernación para la construcción, por el régimen de viviendas de renta limitada, de un edificio destinado a
acuartelamiento de la Guardia Civil en Ronda (Málaga), y apreciándose que en el mismo se han cumplido los requisitos
legales; de conformidad con lo dictaminado por la Comisión del Consejo de
Estado, a propuesta del Ministro de la Gobernación y previa deliberación del
Consejo de Ministros en su reunión del día veinte de mayo de mil novecientos
sesenta.
DISPONGO:
Artículo primero.- Conforme a lo dispuesto en la Ley
de quince de julio de novecientos cincuenta y cuatro (Boletín Oficial del
Estado número ciento noventa y siete), que establece el régimen de viviendas de renta limitado, hecho
extensivo a la Guardia Civil por Orden conjunta de los Ministerios de Trabajo y
de la Gobernación, de veinte de abril de mil novecientos cincuenta y seis, se
autoriza a este último Departamento para concertar con el Instituto Nacional la
operación oportuna para la construcción de un edificio destinado a casa-cuartel
de la Guardia Civil en Ronda (Málaga), con presupuesto de cinco millones
setecientas ocho mil ochocientas cincuenta y dos pesetas con cincuenta céntimos
(5.708.852,50 pesetas) y aportación municipal de quinientas setenta mil
ochocientas pesetas con veinticinco céntimos (570.800,25 pesetas), ajustándose
al proyecto formalizado por el Organismo técnico correspondientes de la
Dirección General de aquel Cuerpo, y en la ejecución de cuyas obras se aplicará
el procedimiento de concurso-subasta que prevé el artículo cuarto de la Orden
aludida.
Artículo segundo.- De la suma indicada, en el
artículo anterior, deducida la aportación municipal mencionada, el Instituto Nacional
de la Vivienda prestará, sin interés alguno, la cantidad de cinco millones
ciento treinta y siete mil novecientas sesenta y siete pesetas con veinticinco céntimos
(5.137.967,25 pesetas), de cuyo préstamo se resarcirá en cincuenta anualidades,
a razón de ciento dos mil setecientas cincuenta y nueve pesetas con treinta y
cinco céntimos (102.752,35 pesetas), a partir del año mil novecientos sesenta
inclusive, con cargo a la consignación figurada para construcción de cuarteles
del Cuerpo mencionado en los Presupuestos generales del Estado.
Artículo tercero.- Por los Ministerios de Hacienda y
de la Gobernación se dictarán las disposiciones convenientes en ejecución de
este Decreto.
Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en
Madrid, a dos de junio de mil novecientos sesenta.
FRANCISCO FRANCO
El Ministerio de la Gobernación,
CAMILO ALONSO VEGA
BOLETIN OFICIAL DE ESTADO de 29 de junio de
1960. Número 155
CORRECION de
erratas del Decreto 1063/1960, de 2 de junio, sobre construcción de
casa-cuartel en Ronda (Málaga)
Padecido error en la inserción del citado Decreto,
publicado en el Boletín Oficial del
Estado número 142, de fecha de junio de 1960, se rectifica su artículo
primero en el sentido de que donde dice:
…y aportación municipal de quinientas
setenta mil ochocientas pesetas con veinticinco céntimos…, debe decir: … y aportación municipal de quinientas
setenta mil ochocientas y cinco pesetas con veinticinco céntimos…
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