miércoles, 10 de marzo de 2021

MEDALLA CONMEMORATIVA DEL IV CENTENARIO DE LA BATALLA DE LEPANTO

 

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ECRETO 269/1971, de 11 de febrero, de creación de la Medalla conmemorativa del IV Centenario de la Batalla de Lepanto. (BOE núm. 44, 22 de febrero de 1971)

El Decreto número 2.928/1970, de 8 de octubre, otorgó carácter oficial y nacional a la conmemoración del IV Centenario de la Batalla de Lepanto, y, para dar mayor realce y solemnidad a los actos que hayan de celebrarse con este motivo, se ha estimado oportuno crear una medalla conmemorativa de la efeméride.

En su virtud, a propuesta del Ministro de la Marina, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de febrero de 1971, DISPONGO:

Art. 1º. Se crea la Medalla conmemorativa del IV Centenario de la Batalla de Lepanto.

Art. 2º. La Medalla, en 35 milímetros de módulo, en oro y bronce, en el anverso el busto de Don Juan de Austria, idéntico al de la acuñada en 1571, y al reverso, la leyenda IV Centenario de la Batalla de Lepanto MCMLXXI.

Penderá de una cinta azul celeste, flanqueada de rojo y blanco.

Art. 3º. La Medalla de Oro se otorgará a Su Excelencia el Jefe del Estado, a Su Alteza Real el Príncipe de España y a la actual Marquesa de Santa Cruz, como descendiente del Almirante más destacado de aquella jornada.

Art. 4º. La Medalla de Bronce se otorgará por el Vicepresidente del Gobierno, directamente o a propuesta de la Junta Ejecutiva de la conmemoración del IV Centenario de la Batalla de Lepanto.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a 11 de febrero de 1971.

FRANCISCO FRANCO

El Ministro de Marina ADOLFO BATURONE COLOMBO

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