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domingo, 23 de septiembre de 2018

Ronda, 27 de Septiembre de 1943



BOLETIN OFICIAL DE ESTADO de 10 de octubre de 1943.


DECRETO de 27 de septiembre de 1943 por el que se declara Jardín Artístico el anejo al Palacio llamado del Rey Moro en la ciudad de Ronda (Málaga).


En uno de los innumerables típicos rincones que ennoblecen la parte más antigua de Ronda (Málaga) se alza, bordeando ingente escarpadura, la mansión conocida por Palacio del Rey Moro, en la que existe un magnífico jardín, de configuración irregular y pintoresca, que aparece materialmente colgado al borde del profundo Guadalevín. El palacio conserva original decoración, y su complemento, obligado en estos alcázares andaluces, es su delicioso pensil, que modificó en su primitiva traza Juan C. N. Forestier y que presenta actualmente, con su marcado carácter de aristocrático jardín mudéjar, un armonioso conjunto de poesía y arquitectura, en afortunada relación con la naturaleza y el arte. El jardín está escalonado, aprovechando los desniveles del terreno, y con la rica policromía de azulejos y mármoles y sus rincones luminosos y alegres, que contrastan con la melancolía de otros, sombríos y misteriosos, produce los más variados y atrayentes restos. Completan el encanto del conjunto interesantes restos arqueológicos y un conducto subterráneo que, horadando la peña, permite descender, por una escalera de trescientos sesenta  y cinco peldaños tallados en la roca, desde el jardín hasta el fondo del abismo por entre cuyas paredes penetra el río.


Por lo expuesto, vistos los informes de la Real Academia de las Bellas Artes de San Fernando y de la Comisaría del Servicio de Defensa del Patrimonio Artístico Nacional,  a propuesta del Ministro de Educación Nacional y previa deliberación del Consejo de Ministros,

DISPONGO:


Artículo primero.- Se declara Jardín Artístico el anejo al Palacio llamado del Rey Moro, en la ciudad de Ronda (Málaga).

Artículo segundo.- Dicho jardín queda bajo la tutela del Estado, ejercida por el Ministerio de Educación Nacional y al amparo de la Ley del Tesoro Artístico y del Decreto de treinta y uno de julio de mil novecientos cuarenta y uno (31 de julio de 1941).

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a veintisiete de septiembre de mil novecientos cuarenta y tres.


FRANCISCO FRANCO

El Ministro de Educación Nacional,

JOSE IBAÑEZ MARTIN

jueves, 17 de mayo de 2018

QUINTA DEL BERRO


DECRETO de 4 de enero de 1946 (de Ministerio de Educación Nacional) por el que se declara Jardín Artístico el parque madrileño llamado Quinta del Berro. (BOE núm. 17, 17 de enero de 1946).

El magnífico parque madrileño que se denomina la Quinta del Berro fue plantado en el último tercio del siglo XIX a estilo paisajista, predominante en aquella época.

En una superficie de ocho hectáreas aproximadamente y en terreno accidentado se desarrolla este parque de trazado perfecto, dando lugar a variadas perspectivas y escenas diversas, como lagos, rías, belvederes, etc. La totalidad forma un gran bosque donde predominan, entre otras especies, los castaños, olmos y cedros; y aparte del hermoso efecto que ofrece su conjunto, cada árbol y las agrupaciones de estos presentan singular encanto por su armonía y cuidado desarrollo. Así aparecen las masas arbóreas, como enormes ramilletes dispuestos y ordenados por la naturaleza y entre sus variados tonos se combinan las flores del Árbol de Judea y los tamarindos con otras multitud de arbustos, constituyendo el parque, tan artístico como bello, una ejemplaridad de su estilo.

Por lo expuesto, vistos los informes de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y de la Comisaría General del Servicio de Defensa del Patrimonio Artístico Nacional, a propuesta del Ministro de Educación Nacional, y previa deliberación del Consejo de Ministros,
DISPONGO:
Artículo primero.- Se declara Jardín Artístico el parque madrileño llamado Quinta del Berro.
Artículo segundo.- El citado parque queda bajo la tutela del Estado, ejercida por el Ministerio de Educación Nacional, y al amparo de la Ley del Tesoro Artístico y del Decreto de treinta y uno de julio de mil novecientos cuarenta y uno.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a cuatro de enero de mil novecientos cuarenta y seis (4 de enero de 1946).
FRANCISCO FRANCO
El Ministro de Educación Nacional,
JOSE IBAÑEZ MARTIN

lunes, 7 de mayo de 2018

JARDIN BOTANICO DE MADRID


DECRETO de 14 de octubre de 1942  (de Ministerio de Educación Nacional) por el que se declara artístico al Jardín Botánico de Madrid. (BOE núm. 296, 23 de octubre de 1942).

El actual Jardín Botánico de Madrid, resto del proyectado por Ventura Rodríguez, pertenece, por su trazado y ordenación, al estilo neoclásico, y son gala de su conjunto arquitectónico que se debe a don Juan de Villanueva, dos puertas monumentales y la estufa del fondo, de depurado estilo dórico-romano. Los compartimientos en que se divide el jardín están bordeados por alineaciones de árboles, hallándose encuadrados los paseos por escalinatas, bancos y aceras, y contándose entre sus elementos ornamentales valiosas estatuas y fuentes. El equilibrio de masas de árboles de forma a uno de los parajes más gratos del Madrid actual, y la colección de plantas, raras muchas de ellas, y de ejemplares maravillosos y bien conservados en su mayoría es digna, como todo el conjunto, de los mayores cuidados.

En consideración a lo expuesto, vistos los informes de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y de la Comisaría General del Servicio de Defensa del Patrimonio Artístico Nacional, a propuesta del Ministro de Educación, y previa deliberación del Consejo de Ministros,
DISPONGO:
Artículo primero.- Se declara artístico el Jardín Botánico de Madrid.
Artículo segundo.- Este Jardín queda bajo la tutela del Estado, ejercida por el Ministerio de Educación Nacional, y al amparo de las prescripciones de la vigente Ley del Tesoro Artístico.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid, a catorce de octubre de mil novecientos cuarenta y dos (14 de octubre de 1942).
FRANCISCO FRANCO
El Ministro de Educación Nacional.
JOSE IBAÑEZ MARTIN

viernes, 4 de mayo de 2018

JARDINES DE PALACIO DE CADALSO DE LOS VIDRIOS


DECRETO de 25 de Febrero de 1955 (de Ministerio de Educación Nacional) por el que se declara Jardín Artístico al existente en el Palacio de Cadalso de los Vidrios. (BOE núm. 83, 24 de marzo de 1955).

La declaración de Monumento Histórico-Artístico a favor del Palacio de Cadalso de los Vidrios (Madrid), hecha por Decreto de tres de junio de mil novecientos treinta y uno, dejó sin la protección que la declaración de monumento lleva consigo, al jardín comprendido dentro de sus muros de cierre y que, a su vez, se hace preciso conservar, por ser un ejemplar típico de los jardines españoles del siglo XVI, de traza italiana modificada en el XVIII y XIX al gusto neoclásico, y que conserva la totalidad de la arquitectura que la encuadraba.

Por lo expuesto, vistos los informes de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, de la Comisaría General del Servicio de Defensa del Patrimonio Artístico Nacional y del Patronato de Jardines Artísticos y Parajes Pintorescos de España, a propuesta del Ministro de Educación Nacional, y previa deliberación del Consejo de Ministros,
DISPONGO:
Artículo primero.- Se declara Jardín Artístico al existente en el Palacio de Cadalso de los Vidrios, Madrid.
Artículo segundo.- El citado jardín que  bajo la tutela del Estado, ejercida por el Ministerio de Educación Nacional y al amparo de la Ley del Tesoro Artístico y del Decreto de treinta y uno de julio de mil novecientos cuarenta y uno.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a veinticinco de febrero de mil novecientos cincuenta y cinco (25 de febrero de 1955).
FRANCISCO FRANCO
El Ministro de Educación Nacional,
JOAQUIN RUIZ-GIMENEZ Y CORTES

lunes, 30 de abril de 2018

PARQUE DE QUIÑONES DE LEON Y PAZO DE VALLADARES


DECRETO de 25 de Febrero de 1954 (de Ministerio de Educación Nacional) por el que se declara Jardín Artístico al Parque de Quiñones de León y Pazo de Valladares, sitos en los alrededores de Vigo, Pontevedra (BOE núm. 83, 24 de marzo de 1955).

El Parque de Quiñones de León y Pazo de Valladares, más conocido por Castrelos, sitos en los alrededores de Vigo (Pontevedra), constituyen una atrayente ejemplo de paisaje gallego, que merece disfrutar de los beneficios de la protección estatal para su adecuada conservación.

Por lo que, de conformidad con los dictámenes emitidos por la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, de la Comisaría General del Servicio de Defensa del Patrimonio Artísticos Nacional y del Patronato de Jardines Artísticos y Parajes Pintorescos de España, a propuesta del Ministro de Educación Nacional, y previa deliberación del Consejo de Ministros,

DISPONGO:
Artículo primero.- Se declara Jardín Artístico el Parque de Quiñones de León y Pazo de Valladares, más conocido por Castrelos, sitos en los alrededores de Virgo, Pontevedra.
Artículo segundo.- El citado jardín queda bajo la tutela del Estado, será ejercido por el Ministerio de Educación Nacional y al amparo de la Ley del Tesoro Artístico y el Decreto de treinta y uno de julio de mil novecientos cuarenta y uno.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a veinticinco de febrero de mil novecientos cincuenta y cinco (25 de febrero de 1955).
FRANCISCO FRANCO
El Ministro de Educación Nacional,
JOAQUIN RUIZ-GIMENEZ Y CORTES

domingo, 29 de abril de 2018

PAZO DE SANTO TOME DE FREIXEIRO


DECRETO de 25 de Febrero de 1954 (de Ministerio de Educación Nacional) por el que se declara Jardín Artístico al Pazo de Santo Tomé de Freixeiro o de la Pastora, en Vigo (BOE núm. 83, 24 de marzo de 1955).

El Pazo de Santo Tomé de Freixeiro o de la Pastora, en las afueras de la ciudad de Vigo (Pontevedra), constituye una interesantísima muestra de los antiguos pazos de la región, por aparecer actualmente, salvo algunas reparaciones posteriores, tal como lo restauró Fray Antonio de Sotomayor, confesor de Felipe IV.

Por lo expuesto, vistos los informes de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, de la Comisaría General del Servicio de Defensa del Patrimonio Artístico Nacional y del Patronato de Jardines Artísticos y Parajes Pintorescos de España, a propuesta del Ministro de Educación Nacional, y previa deliberación del Consejo de Ministros,
DISPONGO:
Artículo primero.- Se declara Jardín Artístico al Pazo de Santo Tomé de Freixeiro o de la Pastora, en Vigo, Pontevedra).
Artículo segundo.- El citado jardín queda bajo la tutela del Estado, ejercida por el Ministerio de Educación Nacional, y al amparo de la Ley del Tesoro Artístico y del Decreto de treinta y uno de julio de mil novecientos cuarenta y uno.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a veinticinco de febrero de mil novecientos cincuenta y cinco.
FRANCISCO FRANCO
El Ministro de Educación Nacional,
JOAQUIN RUIZ-GIMENEZ Y CORTES  

sábado, 28 de abril de 2018

JARDIN DE LA ALFABLA


DECRETO de 5 de Febrero de 1954 (de Ministerio de Educación Nacional) por el que se declara Jardín Artístico el llamado de la Alfabla, sito en Buñola, Palma de Mallorca. (BOE núm. 115, 25 de abril de 1954).

El conocido jardín de la Alfabla, del término municipal de Buñola (Palma de Mallorca), es de los más calificados por su tipismo y su belleza, de exuberante vegetación y trazado del mayor interés, en el que se conservan algunas de las disposiciones tradicionales, como la composición de terrazas, el emparrado con sus juegos de agua, el lago de presa y la jardinería baja de evónimos y arrayanes, que otorgan al ambiente una gran belleza.

En su virtud, vistos los informes de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y de la Comisaría General del Servicio de Defensa del Patrimonio Artístico Nacional, a propuesta del Ministro de Educación Nacional y previa deliberación del Consejo Ministros,
DISPONGO:

Artículo primero.- Se declara Jardín Artístico el llamado de la Alfabla, sito en Buñola, Palma de Mallorca.
Artículo segundo.- El citado jardín queda bajo la tutela del Estado, ejercida por el Ministerio de Educación Nacional y al amparo de la Ley del Tesoro Artístico y del Decreto de treinta y uno de julio de mil novecientos cuarenta y uno.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a cinco de febrero de mil novecientos cincuenta y cuatro (5 de febrero de 1952).
FRANCISCO FRANCO
El Ministro de Educación Nacional,
JOAQUIN RUIZ-GIMENEZ Y CORTES

viernes, 27 de abril de 2018

PARQUE DE LA CIUDADELA DE BARCELONA


DECRETO de 21 de diciembre de 1951 (de Ministerio de Educación Nacional) por el que se declara jardín artístico el Parque de la Ciudadela de Barcelona. (BOE núm. 15, 15 de enero de 1952).

El Parque de la Ciudadela de Barcelona posee una singular valor artístico que, unido a su vinculación a la vida cultural barcelonesa y al hecho de que sea el único jardín que además de su belleza y de la importancia de las obras que encierra está situado en lugar céntrico de la ciudad, aconseja concederle una atención preferente que asegure su conservación y tutela.

Por ello, y visto los informes de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando y de la Comisaría General del Servicio de Defensa del Patrimonio Artístico Nacional, a propuesta del Ministro de Educación Nacional y previa deliberación del Consejo de Ministros,

DISPONGO:
Artículo primero.- Se declara jardín artístico el Parque de la Ciudadela de Barcelona.
Artículo segundo.- El citado jardín queda bajo la tutela del Estado, ejercida por el Ministerio de Educación Nacional, y al amparo de la Ley del Tesoro Artístico y del Decreto de treinta y uno de julio de mil novecientos cuarenta y uno.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a veintiuno de diciembre de mil novecientos cincuenta y uno (21 de diciembre de 1951).
FRANCISCO FRANCO
El Ministro de Educación Nacional,
JOAQUIN RUIZ-GIMENEZ Y CORTES

miércoles, 25 de abril de 2018

JARDIN BOTANICO DE LA UNIVERSIDAD DE VALENCIA



Jardín Botánico de la Universidad de Valencia
Decreto 134/2006, de 29 de septiembre, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de jardín histórico, el Jardín Botánico de la Universidad de Valencia.

A.      Datos históricos
Se tiene noticia de huertos de plantas medicinales que se remontan al siglo XVI, en estrecha dependencia con la enseñanza de la medicina en la universidad. La referencia más antigua es del año 1567, cuando los Jurados de la Ciudad, al nombrar a Joan Plaza, doctor en medicina, le adscriben la obligación de herborizar -recoger especies- y que cuente con un huerto en el cual se plantan dichas hierbas necesarias para la docencia.
Posteriormente, en 1631, se tiene noticia de varios episodios y localizaciones sobre estos huertos de hierbas medicinales y sus doctores y catedráticos responsables, pero sin continuidad asegurada.
En 1733 se habla desde la Universidad de un recinto que debe facilitar la ciudad, pero no será hasta 1757 cuando el rector Lores proponga directamente la creación de un Jardín Botánico integral y completo (huerto, museo, espacio de docencia y de conferencias, anexos de servicios, etc.) en una ubicación próxima a la Alameda.

En 1778 la ciudad aprueba estas previsiones, pero aún pasarán veinte años en hacerse realidad. Resulta evidente que esta concepción de un Jardín Botánico de miras más amplias y sistemáticas, toma cuerpo en paralelo al desarrollo del estudio de la Botánica como ciencia independiente de la Medicina, que se consolida en el siglo XVIII, de la mano del reformismo ilustrado, interesado por la riqueza de la tierra y la mejora de los cultivos.

En 1767 Gregorio Mayans reclama un jardín que sea responsabilidad del catedrático de botánica pero que no descuide las plantaciones de interés para la medicina y en 1786, la Universidad de Valencia aprueba la reforma del plan de estudios con la Cátedra de Botánica Independiente de la Cátedra de Medicina, y por lo tanto, da mayor urgencia a la necesidad de un Jardín Botánico.

La Real Sociedad Económica de Amigos del País Valenciano, interesada en las mejoras de los cultivos, también quería concurrir con el Ayuntamiento a hacer realidad esta dotación científica aportando terrenos para la ubicación de la Alameda, mientras apuntaba que a los aspectos instructivos y utilitarios se había de añadir el aspecto lúdico, que pudiese servir al mismo tiempo, para el decoro, hermosura y recreo del paseo público. Pero esta conjunción no sería tan fácil, pues las dos partes querían remarcar sus respectivas prioridades, la científica y docente centrada en un repertorio sistemático representativo del mundo botánico, por parte de la Universidad y la más utilitaria de aplicación a la agricultura, por parte de la Sociedad Económica.
La ciudad, postreramente en 1798, le cede a la Universidad los terrenos prometidos, pero bien pronto se suspenden las plantaciones, según parece por la mala calidad del suelo y las molestias producidas al vecino en el paseo de la Alameda.
Como nueva y definitiva ubicación, la ciudad ofrece en 1802 un huerto que permitía ser regado a la manera tradicional, a manta, directamente por la acequia de Rovella, llamado de Tramoyeres, situado en la calle Quart, frente al convento de Mínimos de San Sebastián y cerca del Turia, que dio origen al actual Jardín Botánico. La Universidad pone al célebre botánico Vicente Alfonso Lorente al cargo de la nueva instalación y le dota de medios para desarrollarla.

El terreno trapezoidal de unas cuatro hectáreas acogerá sobre un sistema de cuadros -sistema de Linneo- los planteles, sin descuidar la provisión de herbarios, locales para la cátedra de Botánica, cámara para los jardineros y otras dependencias. El nivel del resultado obtenido le permitiría conseguir, enseguida, gran renombre entre los de más prestigio, estableciendo relaciones particularmente con el de Madrid. Este prometedor inicio recibiría bien pronto la acometida de la invasión napoleónica, especialmente destructiva en el arrabal de Quart. Lorente también participó en los acontecimientos, fue hecho prisionero y condenado a muerte, salvándose por intervención a su favor del botánico francés León Dufour. Después del desastre y de la muerte de Lorente en 1813, el jardín no se recupera hasta la dilatada dirección entre 1829 y 1867 de Josep Pizcueta, Catedrático de Medicina, que acometió su reforma y actualización como el primero de España. Respondiendo a la petición de la Sociedad Económica se innova con experiencias de aclimatación de plantas originales de América, mientras se constituye la Cátedra de Agricultura, dirigida por Joaquín Carrascosa. Y en un proceso de convergencia que sería sancionado por la Orden Real de 1834, se mandó reunir en el Jardín Botánico las dos enseñanzas de Agricultura y Botánica, que generaría la ampliación del terreno del Jardín Botánico.

En 1843, Pizcueta, auxiliado por Félix Robillard, sustituye a la organización de Linneo por el método natural de Endlicher y, tras la reforma de estudios de 1845, recibe importantes recursos para plantaciones y también para construcciones de aclimatación, como un extenso invernadero de madera proyectado por el arquitecto Timoteo Calvo, un umbráculo y pequeñas estufas que, en conjunto, acelerarían espectacularmente el éxito y crecimiento de aquellas.

En 1856 se publicó el catálogo del jardín, con más de 6.000 especies vivientes y el herbario. De este impulso es fruto perdurable la construcción entre 1860 y 1862, de la estufa de hierro y vidrio, proyectada en 1859 por el prestigioso arquitecto Sebastián Monleón, auténtica vanguardia constructiva y lingüística en cuanto a los referidos materiales, costosa tanto en tecnología como en economía y en ejecución. De 24 m de longitud, 8,25 m. de luz y 9 m. de altura, es una cubierta acristalada de 465 metros cuadrados, orientada a mediodía, que sigue la traza de un cuarto de circunferencia, desde el suelo hasta un muro vertical generando un espacio adosado a él. Sus dimensiones podían dar acogida a ciertos vegetales como el Astarapea, Aralia, Chorisia speciosa o el ficus Benjamín que llegaba a crecer más de 5 m. y no tenía cabida en las otras estufas. Al buscar financiación la Universidad argumentaba la necesidad inexcusable, científica, para el mantenimiento correcto del centenar de ejemplares exóticos que ya tiene implantados, pero también el prestigio, pues por el número de plantas que contiene, por su lozana vegetación, puede ya competir con los primeros de Europa, y esta construcción era presentada como exponente de estar al día en las conquistas del progreso y de la ciencia. Al muro de la estufa se le añadiría más adelante una edificación adosada, rematada con una torrecilla, a modo de miramar, para dependencias de dirección y de investigación, hasta constituir un afortunado inmueble que aún perdura. Lamentablemente no ha llegado hasta nuestros días otros elementos de interés como las mencionadas construcciones de madera, los primitivos umbráculos e invernadero, a pesar de que este último fue reconstruido, según proyecto de 1867 del arquitecto Ildefonso Fernández, del que tenemos constancia gráfica. Seguramente serían sustituidos por los actuales de hierro, durante el último cuarto del siglo XIX. Posteriormente hacia final de siglo, bajo la dirección de Arévalo Baca, se construyeron las pequeñas estufas situadas al lado del plantel de semillas, y se concluyeron las obras, en 1888, de la estufa de mayor dimensión, llamada también de la balsa por la proximidad de los dos elementos, concebida según el modelo de la ya descrita en 1861. En el año 1900, se inauguró el actual Umbráculo, también de hierro, sobre un cuerpo de ladrillo, obra inspirada en las marquesinas ferroviarias, proyectada en 1897 por el polifacético arquitecto madrileño Arturo Mélida Alinar que vendría a completar la dotación del recinto y ofrecerle uno de los espacios más atractivos para su disfrute.

Otros momentos históricos de interés fueron la incorporación del Jardín Botánico a la facultad de Ciencias, mientras que, bajo la dirección de Rafael Cisternas y Fonseret (1867-1876) y, más tarde, de Josep Arévalo Baca (1876-1888) se incrementarán las actividades de la Escuela Botánica del recinto y el carácter práctico y experimental de sus plantaciones, impulsadas por el auge agrícola del momento. En 1878 se produce la extensión septentrional que va a configurar el recinto que ahora conocemos, mientras que la relación urbana respecto de las calles Beato Gaspar Bono y Quart no cambia hasta el presente siglo XXI. Entre 1879 y 1880 se produce la implantación del recinto colegial de San José o de los Padres Jesuitas. A partir de la riada de 1957 y gracias a la tenacidad del director Ignacio Docavo, se produce el rescate del jardín y la reconstrucción de diversas construcciones degradadas, entre 1962 y 1968, procurando incorporar otros elementos de interés sobre las ciencias naturales. Posteriormente, siendo director el también catedrático Manuel Costa, se procede a la rehabilitación integral del jardín (saneamiento de las plantaciones, alternativas de irrigación, el cuidado de sus cuadros, etc.) y los elementos arquitectónicos más característicos (cerca del recinto, invernaderos, estufas, umbráculo, pabellón.). También se construye el llamado edificio de investigación sobre las expropiadas edificaciones recayentes a la calle Quart. En la actualidad, además de la preservación del jardín histórico, se trabaja en su continuidad como centro de estudio, búsqueda, desarrollo y divulgación de la cultura botánica. Investiga sobre flora, biosistemas y vegetación. Participa en proyectos internacionales relacionados con la biodiversidad vegetal y el estudio de plantas autóctonas. Dispone de biblioteca, herbario y germoplasma. Promueve congresos de especialistas y jornadas, encuentros y exposiciones divulgativas. En este momento el Jardín Botánico de la Universitat constituye un espacio científico y docente, vegetal, arquitectónico e histórico, y además caracterizador del paisaje urbano.

B. ESPACIOS ARQUITECTÓNICOS
El propio recinto, delimitado por cerca maciza, la acequia de Rovella y las edificaciones adosadas que le rodean.
La acequia de Rovella, a su paso por el recinto y el registro de servicio. La estructura de cuadros y parterres históricos -la Escuela Botánica- con las antiguas acequias que los alimentaban, así como las trazas básicas o principales del resto. El Edificio Central -antigua dirección- y el invernadero mayor tropical a él asociado.
El Umbráculo. El Invernadero de la Balsa y el estanque que le da nombre. Las cuatro estufas o invernaderos menores de exhibición. La Caseta del Romero y el invernadero de propagación asociado. La antigua Caseta de Semillas o plantel, posteriormente caseta del Gabinete de Didáctica y de la Escuela de Agricultura. El Pabellón, antiguo taller y acuario, actual Unidad Didáctica de Botánica (sala de exposiciones).

C.      Ejemplares de relevancia botánica
Colecciones vivas.
La Escuela Botánica constituida por la colección de las plantaciones de los 16 cuadros de la zona sur, más antiguos (concebidos desde origen), dedicado a las plantas vasculares (gimnospermas y angiospermas) destacando, por su porte y antigüedad los ejemplares de coníferas (Pinus, Cupressus, Cedrus, Taxodium), un excepcional Ginkgo Biloba, palmeras, etc.
Las palmeras, bien representadas (más de una quinientas de especies) al aire libre en varios enclaves del jardín, y en invernadero, las tropicales. Las plantas acuáticas, en las balsas del jardín. La montañita, con rocalla, riachuelo y arena para los ambientes de diversas plantas mediterráneas y endemismos. Los cuadros de especias de uso alimentario: cítricos, frutales y plantas de huerta. Las plantas suculentas, de adaptación a la adversidad de ámbitos secos y calurosos de todo el planeta. Céspedes y coníferas, en un ámbito único, referentes de la cultura jardinera anglosajona. Las plantas medicinales más arraigadas al nuestro entorno. Las plantas de interés económico para la vida cotidiana: proveedoras de alimentación básica por animales y personas, y de tejidos. Las plantas exóticas, carnívoras y orquídeas, protegidas por los invernaderos. Las plantas de sombra, en el umbráculo.

Colecciones secas.
El herbario. Unos 40.000 pliegos, recopilados desde 1957 y procedentes de donaciones e intercambios.
El Banco de Semillas, de obtenciones propias o de intercambio, en particular de nuestro ámbito, endémico y amenazado.
Escultura: Busto del naturalista valenciano Simón de Rojas Clemente del escultor Carmelo Vicent.

D. ENTORNO
Se trata de una zona singular cuyas primeras implantaciones fueron la antigua alquería y huerto de Tramoyeres, donde luego se ubicó el Jardín Botánico en 1802, el convento de Mínimos que daría paso en 1725-39 a la actual iglesia de San Miguel y San Sebastián (Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, declarado en 1983) y otros huertos y alquerías.
Posteriormente estos huertos fueron elegidos para la construcción en 1879-80 del Colegio de San José o de los Padres Jesuitas, sobre el Paseo de la Pechina, como eje más prestigioso de la expansión urbana oeste de la ciudad. El colegio fue concebido como edificación exenta en medio de una parcela ajardinada. Fue proyectado por el arquitecto José Quinzá Gómez como un tridente de naves presidido en su nave central por la capilla, en estilo neobizantino del arquitecto Joaquín María Belda Ibáñez, que a la muerte de Quinzá se haría cargo del proyecto. En la actualidad, la porción noroeste del primitivo recinto colegial tiene atribuida una edificabilidad potencial por el planeamiento que, en caso de materializarse, precisa atenerse a las condiciones características de este frente urbano, antiguo Ensanche Oeste y hoy parte del Conjunto Histórico de la Ciudad de Valencia. El Jardín Botánico y el colegio de San José constituyen, en su posición extrema noroccidental, un ámbito identificatorio y nuclear de dicho Ensanche protegido de la ciudad, a su vez, límite respecto de la trama residencial que, con una categoría económica popular de gran homogeneidad (fincas de viviendas de renta de cuatro alturas), fue levantada bajo la misma norma, tipología y lenguaje arquitectónico y constructivo del último tercio del siglo XIX. El conjunto de la zona responde a un modelo de expansión acorde con la Ley de Ensanche de poblaciones de 1876, de carácter higienista y racionalizador, de acuerdo con las preocupaciones y progresos de la época. Se trata en concreto de la zona de expansión decimonónica extramuros del sector oeste del recinto amurallado, articulada sobre los ejes históricos del Camino de Quart, el más antiguo y conformador del arrabal de su nombre, y el Camino de Serranos, en el borde del río y por el Paseo de la Pechina, y conocido también en el siglo XIX como Camino Real de Madrid o a Cuenca por Los Serranos y, más adelante, Carretera de Madrid a Castellón. Esta zona recibiría un impulso expansivo con el derribo de las murallas de la ciudad a partir del 1865 y sería planificada o integrada, de acuerdo con el Proyecto de Ensanche de la ciudad de Valencia, firmado por los arquitectos Joaquín María Arnau, José Calvo y Luis Ferreres en 1884 y aprobado en 1887 pero que estaba en redacción desde 1883. Esta planificación incorporaría el Jardín Botánico, la iglesia y el colegio. Posteriormente, según proyecto de parcelación de 1888-89 de Felipe Labrandero, maestro de obras, se daría paso a la calle Turia, cuya edificación se retrasaría hasta el primer tercio del siglo XX, con otra escala y lenguaje arquitectónico que dotan a su ámbito de una caracterización propia.