sábado, 24 de julio de 2021

CREACION DE CONSULADO HONORARIO EN SAO TOME Y PRINCIPE

 

ORDEN de 7 de junio de 1989 por la que se crea una Oficina Consular Honoraria en Sao Tomé y Príncipe. BOE núm. 153, de 28 de junio de 1989.

Al objeto de atender las relaciones entre España y la República Democrática de Sao Tome y Príncipe, y con el fin de facilitar los trámites consulares necesarios, la Dirección General del Servicio Exterior de este Ministerio (de Asuntos Exteriores), contando con el informe favorable de la Dirección General de Asuntos Consulares, ha propuesto la creación de una Oficina Consular Honoraria en Sao Tome y Principe.

En su virtud, previa aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, ha tenido a bien disponer:

Artículo único. Se crea una Oficina Consular Honoraria en Sao Tome y Principe, con categoría de Consulado Honorario, jurisdicción en Sao Tome y Principe, dependiendo de la Embajada de España en Malabo.

Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos. Madrid, 7 de junio de 1989.

FERNANDEZ ORDOÑEZ

Ilmo. Sr. Subsecretario.

No hay comentarios:

Publicar un comentario