miércoles, 25 de agosto de 2021

CREACION DEL CONSULADO HONORARIO EN SAO TOME Y PRINCIPE

 ORDEN de 7 de febrero de 1990 por la que se crea una Oficina Consular Honoraria en Sao Tomé y Príncipe. BOE núm. 51, de 28 de febrero de 1990.

Al objeto de atender las relaciones entre España y la República Democrática de Sao Tome y Príncipe, y con el fin de facilitar los trámites consulares necesarios, la Dirección General del Servicio Exterior de este Ministerio (de Asuntos Exteriores), contando con el informe favorable de la Dirección General de Asuntos Consulares, ha propuesto la creación de una Oficina Consular Honoraria en Sao Tomé y Príncipe.

En su virtud, previa aprobación del Ministro para las Administraciones Públicas, he tenido a bien disponer:

Artículo Único. Se crea una Oficina Consular Honoraria en Sao Tomé y Príncipe, con categoría de Consulado Honorario, con jurisdicción en Sao Tomé y Príncipe, dependiendo del Embajada de España en Luanda.

Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos. Madrid, 7 de febrero de 1990.

FERNANDEZ ORDOÑEZ

Ilmo. Sr. Subsecretario.

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