viernes, 6 de abril de 2018

I CONGRESO DE INGENIERIA INDUSTRIAL 1943



DECRETO de 6 de abril de 1943 por el que se autoriza a la Asociación Nacional de Ingenieros Industriales para celebrar el primer Congreso de Ingeniería Industrial. (BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO número 106).

Estima el Gobierno interesante conocer cuantas aportaciones puedan efectuar en el orden de la reconstrucción y expansión industrial de la Nación aquellos españoles que por su preparación técnica y científica, económica y social, están en condiciones de emitir puntos de vista interesantes deducidos de sus propios estudios y experiencia.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria y Comercio, y previo deliberación del Consejo de Ministros,

DISPONGO:
Artículo primero.- Se autoriza a la Asociación Nacional de Ingenieros Industriales para convocar y celebrar en el otoño de 1943, bajo la dirección y protección del Ministerio de Industria y Comercio, el primer Congreso de Ingeniería Industrial.
Artículo segundo.- El Ministerio de Industria y Comercio y los de Educación Nacional, Hacienda, Obras Públicas, Agricultura, Trabajo y la Secretaría General de la Falange Española Tradicionalista y de la J.O.N.S., designarán representantes en la Comisión organizadora y en cuantas secciones del Congreso se relacionen con las materias de su competencia.
Artículo tercero.- La Comisión organizadora someterá a la aprobación del Ministerio de Industria y Comercio los Estados y Reglamentos por los que ha de regirse el Congreso.
Artículo cuarto.-  El Presidente de la Asociación de Ingenieros Industriales cuidará de hacer llegar las conclusiones del Congreso a los Poderes Públicos, a través del Ministerio de Industria y Comercio.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a seis de abril de mil novecientos cuarenta y tres.
FRANCISCO FRANCO
El Ministro de Industria y Comercio,
DEMETRIO CARCELLER SEGURA

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