ORDEN de 7 de junio de 1989 por la que se crea una Oficina Consular Honoraria en Sao Tomé y Príncipe. BOE núm. 153, de 28 de junio de 1989.
Al objeto de atender las relaciones entre
España y la República Democrática de Sao Tome y Príncipe, y con
el fin de facilitar los trámites consulares necesarios, la Dirección General
del Servicio Exterior de este Ministerio (de Asuntos Exteriores), contando
con el informe favorable de la Dirección General de Asuntos
Consulares, ha propuesto la creación de una Oficina Consular
Honoraria en Sao Tome y Principe.
En su virtud, previa aprobación del Ministro para las
Administraciones Públicas, ha tenido a bien disponer:
Artículo único. Se crea una Oficina Consular Honoraria en
Sao Tome y Principe, con categoría de Consulado Honorario, jurisdicción
en Sao Tome y Principe, dependiendo de la Embajada de España en Malabo.
Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos. Madrid, 7
de junio de 1989.
FERNANDEZ ORDOÑEZ
Ilmo.
Sr. Subsecretario.
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