viernes, 13 de abril de 2018

ALAMEDA DE OSUNA


Orden (del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes) declarando Jardín artístico la finca denominada Alameda de Osuna. (Gaceta de Madrid núm. 304, de 31 de octubre de 1934).

Ilmo. Sr.: Incoado expediente para la declaración de Jardín artístico de la denominada Alameda de Osuna, en Madrid:

Resultando que el Patronato para la conservación y protección de los Jardines artísticos de España, en sesión celebrada el día 25 de Mayo del año en curso, acordó proponer la declaración de Jardín artístico de la Alameda de Osuna, de esta capital, por tratarse de uno de los ejemplares artísticos y pintorescos de la jardinería española.

Resultando que con fecha 26 de Mayo último se remitió la propuesta a la Academia de Bellas Artes de San Fernando para su informe, haciéndolo ésta en sentido favorable, y con fecha 12 de Junio del mismo año se envió a la de la Historia, que también lo hizo en el mismo sentido, pasando a la Junta del Tesoro artístico, y en sesiones celebradas los días 26 y 29 de Septiembre próximo pasado, ésta se mostró conforme a tal declaración.

Considerando que se han cumplido todos los preceptos legales que preceptúa el artículo 19 del Real decreto-ley de  9 de Agosto de 1926, en su último párrafo.

Este Ministerio, de conformidad con los dictámenes antedichos, ha tenido a bien declarar Jardín artístico la denominada Alameda de Osuna, quedando ésta desde el momento de tal declaración bajo la tutela del Estado y bajo la inmediata inspección del Patronato para la conservación de los Jardines artísticos de España.

Madrid, 20 de Octubre de 1934.
FILIBERTO VILLALOBOS
Señor Director general de Bellas Artes.

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