miércoles, 30 de enero de 2019

Ronda, 30 de Enero de 1975



BOLETIN OFICIAL DE ESTADO de 20 de febrero de 1975. Número 44


DECRETO 239/1975, de 30 de enero, por el que se acepta la donación al Estado por el Ayuntamiento de Ronda (Málaga) de un inmueble de 1.116,25 metros cuadrados, sito en su término municipal, con destino a la construcción de una Comisaría de Policía y cuartel de un destacamento de la Policía Armada.


Por el Ayuntamiento de Ronda (Málaga) ha sido ofrecido al Estado un inmueble de una extensión superficial de mil ciento dieciséis con veinticinco metros cuadrados, sito en su término municipal; con destino a la construcción de una Comisaría de Policía y Cuartel de un destacamento de la Policía Armada.

Por el Ministerio de la Gobernación se considera de interés la referida donación.

A propuesta del Ministerio de Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veinticuatro de enero de mil novecientos setenta y cinco,

DISPONGO:


Artículo primero.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo veinticuatro de la Ley del Patrimonio, se acepta la donación al Estado por el Ayuntamiento de Ronda (Málaga) de un inmueble sito en la calle Armiñán denominado antiguo Hospital de los Reyes Católicos, de mil ciento dieciséis coma veinticinco metros cuadrados de superficie (1.116,25 metros cuadrados), que linda: por la derecha entrando, con casa número noventa y siete de dicha calle; por la izquierda, calle sin nombre y casa número ochenta y tres de la repetida calle Armiñán, propiedad de Francisco Carrasco, y por la espalda, con calle Goleta.

El inmueble donado se destinará a la construcción de una Comisaría de Policía y cuartel de destacamento de la Policía Armada.


Artículo segundo.- El inmueble mencionado deberá incorporarse al Inventario General de Bienes del Estado, una vez inscrito su nombre en el Registro de la Propiedad, para su ulterior afectación por el Ministerio de Hacienda al de la Gobernación para los servicios de Comisaría de Policía y cuartel de un destacamento de la Policía Armada, dependientes de este último Departamento. La finalidad de la donación habrá de cumplirse de conformidad con lo dispuesto en la vigente legislación de Régimen Local.

Artículo tercero.- Por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General del Patrimonio del Estado, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuando se dispone en el presente Decreto, autorizándose al ilustrísimo señor Delegado de Hacienda de Málaga o funcionario en quien delegue para que en nombre del Estado concurra en el otorgamiento de la correspondiente escritura.


Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a treinta de enero de mil novecientos setenta y cinco.

FRANCISCO FRANCO

El Ministerio de Hacienda,

RAFAEL CABELLO DE ALBA Y GRACIA

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