BOLETIN OFICIAL DE ESTADO de 22 de abril de
1974. Número 99
DECRETO
1112/1974, de 4 de abril, por el que se acepta la donación al Estado por el
Ayuntamiento de Ronda (Málaga) de un inmueble de 1.997,31 metros cuadrados,
sito en el mismo término municipal, con destino a la construcción de un Parador
Nacional de Turismo.
Por el Ayuntamiento de Ronda (Málaga) ha sido
ofrecido al Estado un inmueble de una extensión superficial de mil novecientos
noventa y siete coma treinta y un metros cuadrados, sito en el mismo término
municipal, con destino a la construcción de un Parador Nacional de Turismo.
Por el Ministerio de Información y Turismo se
considera de interés la referida construcción.
A propuesta del Ministro de Hacienda y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintinueve de
marzo de mil novecientos setenta y cuatro.
DISPONGO:
Artículo primero.- De conformidad con lo dispuesto en
el artículo de la Ley del Patrimonio, se acepta la donación al Estado por el
Ayuntamiento de Ronda (Málaga) de un solar de mil novecientos noventa y siete
coma treinta y un metros cuadrados, sito en el mismo término municipal que
linda, por el Este con la plaza de España; al Sur con solar propiedad de la
Sociedad Funicular Aérea al Tajo de Ronda;
al Oeste, con borde del Tajo, y al Norte, borde del Tajo, terrenos destinados
al paseo al borde del Tajo y medianería con finca propiedad del señor Medina.
El inmueble objeto de donación se destinará a la
construcción de un Parador Nacional de Turismo y se formará por la agrupación
de otros inscritos independientemente en el Registro de la Propiedad para
incorporarse al Inventario General de Bienes del Estado, una vez inscrito a su
nombre en el Registro de la Propiedad, para su ulterior afectación por el
Ministerio de Hacienda al de Información y Turismo para los servicios de
Parador Nacional de Turismo, dependientes de este último Departamento. La
finalidad de la donación habrá de cumplirse de conformidad con lo dispuesto en
la vigente Legislación de Régimen Local.
Artículo tercero.- Por el Ministerio de Hacienda, a
través de la Dirección General del Patrimonio del Estado, se llevarán a cabo
los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone, en el
presente Decreto, autorizándose al ilustrísimo señor Delegado de Hacienda de
Málaga o funcionario en quien delegue para que en nombre del Estado concurra en
el otorgamiento de la correspondiente escritura.
Así lo dispongo, por el presente Decreto, dado en
Madrid a cuatro de abril de mil novecientos setenta y cuatro.
FRANCISCO FRANCO
El Ministro de Hacienda
ANTONIO BARRERA DE IRIMO
BOLETIN OFICIAL DE ESTADO de 22 de febrero
de 1980. Número 46.
DECRETO 323/1980,
de 18 de enero, por el que se deja sin efecto el Decreto 1112/1974, de 25 de
abril, por el que se aceptaba la donación Estado de un inmueble sito en el
término municipal de Ronda.
Por Decreto mil ciento doce/mil novecientos setenta y
cuatro, de veinticinco de abril, se acordó aceptar la donación al Estado por el
Ayuntamiento de Ronda (Málaga) de un inmueble con destino a la construcción de
un Parador Nacional de Turismo.
La Corporación municipal donante, habida cuenta de
que no se ha redactado el correspondiente proyecto de la construcción prevista,
ha solicitado la reversión del inmueble, y el Ministerio de Comercio y Turismo
ha prestado conformidad a la reversión.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda y
previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión de día dieciocho de
enero de mil novecientos ochenta.
Artículo único.- Se deja sin efecto el Decreto mil
ciento doce/mil novecientos setenta y cuatro, de veinticinco de abril, por el
que se aceptaba la donación al Estado por el Ayuntamiento de Ronda (Málaga) de
un inmueble con destino a la construcción de un Parador Nacional de Turismo.
Dado en Madrid a dieciocho de enero de mil novecientos
ochenta.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Hacienda,
JAIME GARCIA AÑOVEROS
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